La Cédula Azul ya no es necesaria: ¿hay que renovar la Cédula Verde vencida?

El gobierno nacional oficializó la derogación de la Cédula Azul para conducir un vehículo y estableció que la Cédula Verde no tendrá fecha de vencimiento.

Para el Poder Ejecutivo, la Cédula Azul “constituyó un instrumento por el cual el titular de un dominio puede habilitar a un tercero para circular con el vehículo”, pero se trató de un instrumento que “carece de sustento y aplicación prácticos”.

La decisión se formalizó por medio de la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA) publicada en el Boletín Oficial.

En qué casos se otorga la Cédula Verde

En cambio, la Cédula Verde original será pertinente para los siguientes trámites:

  • Al practicar la Inscripción Inicial.
  • Al inscribir una transferencia.
  • Al inscribir una comunicación de recupero.
  • Al practicarse un cambio de radicación o un cambio de domicilio.
  • Al practicarse un cambio de denominación de la persona jurídica en caso de que sea titular registral.
  • Al practicarse un cambio de motor.
  • Al practicarse un cambio de chasis o cuadro.
  • Al practicarse una rectificación del nombre o apellido del titular o de otro dato en ella consignado.
  • Al disponer la reposición de placas metálicas.
  • Al practicarse un cambio de uso.
  • Al practicarse la inscripción a nombre de una sociedad en formación y, en su caso, la inscripción definitiva a nombre de la persona jurídica, una vez constituida la sociedad.

Informados Tucumán

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Need Help?